KPMG en COLOMBIA

Junio 28 de 2006

FLASH INFORMATIVO

Plazo para presentar información exógena a la DIAN por parte de los grupos económicos y/o empresariales

 

Estimados Clientes y demás amigos,

Queremos recordarles que el próximo 30 de Junio de 2006, vence el plazo para presentar la información ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a la que se refiere el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, relacionada con los Estados Financieros Consolidados por parte de los Grupos Económicos y/o Empresariales, registrados en el Registro Mercantil de las Cámaras de Comercio existentes en el país.

Para este efecto, es necesario considerar los lineamientos señalados en la Resolución DIAN No. 10148 de Octubre 28 de 2005. Es de resaltar que la siguiente es la información que se deberá suministrar en los formatos 1034, 1035 y 1036 adoptados por la mencionada resolución, así:

a) Información de los estados financieros consolidados, FORMATO 1034:

- Activo corriente, en el concepto 1000
- Activo no corriente, en el concepto 1011
- Pasivo corriente, en el concepto 2000
- Pasivo no corriente, en el concepto 2001
- Interés minoritario de Balance, en el concepto 2002
- Patrimonio, en el concepto 3000
- Ingresos Operacionales, en el concepto 4100
- Costo de Ventas, en el concepto 6000
- Gastos operacionales de administración, en el concepto 5100
- Gastos operacionales de Ventas, en el concepto 5200
- Otros ingresos no operacionales, en el concepto 4200
- Otros egresos no operacionales, en el concepto 5300
- Utilidad antes de impuesto de renta, en el concepto 5301
- Interés minoritario de resultados, en el concepto 5302
- Utilidad neta, en el concepto 5304
- Impuesto de renta, en el concepto 5305
- Pérdida neta, en el concepto 5306

La resolución aclaratoria DIAN No. 12466 de Diciembre 21 de 2005, cambió el concepto 1001 para reportar el activo no corriente por el concepto 1011.

b) Información de las compañías subordinadas nacionales, FORMATO 1035:

- Identificación de la Subordinada
- D ígito de Verificación
- Nombre o razón social de la Subordinada
- Dirección
- Código Departamento
- Código Municipio
- Actividad Económica

c) Información de las compañías subordinadas del exterior, FORMATO 1036:

- Identificación de la Subordinada
- Nombre o razón social de la Subordinada
- Código de País

En el caso de las subordinadas del exterior la casilla identificación se debe diligenciar con el número, código o clave de identificación fiscal o tributaria que se utiliza, en su país de residencia o domicilio, sin guiones, puntos o comas, conforme a la codificación de países contenida en el RUT. En el caso de que en ese país no se utilice dicho código o clave fiscal, se debe identificar con el NIT 444444000.

A esta información aplica lo estipulado en las demás resoluciones en lo concerniente a la forma de presentación y a la imposición de sanciones.

Quedamos atentos a cualquier inquietud a este respecto.

Cordialmente,

Juan Pablo Murcia Fajardo
Socio

Carlos Alberto Bernal Botero
Socio

 

 

La información aquí contenida es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. Aunque procuramos proveer información correcta y oportuna, no puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro. Nadie debe tomar medidas basado en dicha información sin la debida asesoría profesional después de un estudio detallado de la situación en particular.

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