Se entiende por conflicto de intereses toda situación o evento en que los intereses personales, directos o indirectos, de los asociados, administradores o funcionarios de la sociedad, se encuentren en oposición con los de la sociedad, interfieran con los deberes que le competen a ella, o lo lleven a actuar en su desempeño por motivaciones diferentes al recto y real cumplimiento de sus responsabilidades.
Las sociedades implementarán mecanismos efectivos con el fin de facilitar la prevención, el manejo y la divulgación de los conflictos de interés que puedan presentarse entre los asociados, los ejecutivos, los grupos de interés y los miembros de la junta directiva.
Algunos de los mecanismos sugeridos son:
a. Los aspirantes a ser miembros de juntas directivas o ejecutivos de la sociedad darán a conocer su hoja de vida, trayectoria y actividades comerciales.
b. Solicitar al máximo órgano social o a la junta directiva autorización expresa, para la ejecución de actos cuando se presente un conflicto de interés.
c. Las familias que controlen una o más sociedades deberán constituir un fondo independiente de las empresas que les permita atender las urgencias de la familia y los eventuales préstamos que requieran los familiares. Los asociados familiares podrán determinar la destinación de un porcentaje de sus utilidades sociales para este fondo.
d. Elaborar procedimientos para que la contratación de bienes y servicios de la sociedad obedezca a los principios de eficiencia y transparencia.
Prácticas prohibidas:
Las sociedades prohibirán que sus ejecutivos, miembros de junta directiva y empleados, incurran en cualquiera de las siguientes prácticas:
a. Recibir (o dar) dádivas, o cualquier otro tipo de compensación en dinero o en especie que afecte las decisiones de los funcionarios.
b. Los ejecutivos de la sociedad quedan completamente inhabilitados para otorgar compensaciones extraordinarias a los miembros de la Junta Directiva.
c. Utilizar indebidamente la información privilegiada o confidencial para obtener provecho o salvaguardar intereses individuales o de terceros
d. Realizar proselitismo político aprovechando cargo, posición o relaciones con la sociedad.
e. Vincular familiares a la sociedad sin tener en cuenta los perfiles y políticas establecidas.
Divulgación:
Los empleados, los ejecutivos, los asociados y los miembros de junta directiva y sus comités, revelarán los conflictos de interés en los cuales pudieran estar en curso y se abstendrán de votar favorablemente o desfavorablemente sobre dichos asuntos.

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