A cargo
de personas jurídicas, naturales y sociedades de
hecho, contribuyentes declarantes del Impuesto Sobre la
Renta por los años 2007 a 2010. La base imponible
está constituida por el valor del patrimonio líquido
del contribuyente a 1° de Enero del año gravable
2007, cuyo valor sea igual o superior a $3.000.000.000,
excluyendo el valor patrimonial neto de las acciones o
aportes poseídos en sociedades nacionales, así como,
los primeros $220.000.000 del valor de la casa o apartamento
de habitación. La tarifa es del uno punto dos
por ciento 1.2%, de la base gravable establecida.
Los contribuyentes podrán imputar el valor de este
impuesto contra el estado de resultados de cada uno de
los años o contra la cuenta de revalorización
del patrimonio, para este último caso tenga en cuenta
que la Superintendencia de Sociedades señaló que
será necesario contar con la autorización
del máximo órgano social. |