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Declaración de Renta y
Complementarios Año Gravable 2006 +
  
No Obligados a Presentar Declaración de Renta por el año Gravable
2006 y 2007+
Impuesto al Patrimonio año Gravable 2007 +
Declaración y Pago Bimestral del Impuesto sobre las Ventas - Plazos para Presentación y Pago Régimen Común +
Declaración y Pago Mensual de Retención en la Fuente (Por Impuesto de Renta y Complementarios y/o Timbre y/o IVA
Retenido) +
Plazo para Entregar Información Tributaria en Medios Magnéticos Año Gravable 2006 Prevista en el Artículo 631 Del Estatuto Tributario +
Impuestos Distritales y Otros Aspectos Año 2007+
   

CALENDARIO TRIBUTARIO 2006 INTERACTIVO

NO OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2006 Y 2007

 

(Cifras expresadas en miles de pesos)
Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas
Asalariados y Trabajadores Independientes
A último día del año:
2006
2007
2006
2007
Con ingresos brutos inferiores a:
$27.870
$29.364
$66.888
$69.214
Con patrimonio que no exceda de:
$89.183
$94.383
$89.183
$94.383
Siempre y cuando los consumos de tarjetas de crédito y compras no excedan $55,740,000, y el total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no excedan $89,183,000, durante el año gravable 2006. Para el año gravable 2007, no deben exceder de $58.727.200 y 94.383.000, respectivamente.

Otros No Obligados

Personas naturales y jurídicas extranjeras.

Las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411 del E.T. y dicha retención en la fuente, así como la retención por remesas, cuando fuere el caso, les hubiere sido practicada.

Empresas de transporte internacional.

Las empresas de transporte aéreo o marítimo sin domicilio en el país, siempre y cuando se les hubiere practicado las retenciones de que trata el artículo 414-1 del E.T., y la totalidad de sus ingresos provengan de servicios de transporte internacional.

 

“Este calendario es una herramienta gerencial. Para su debida aplicación, por favor remítase a la normatividad legal vigente”.

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