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Declaración de Renta y
Complementarios Año Gravable 2006 +
  
No Obligados a Presentar Declaración de Renta por el año Gravable
2006 y 2007+
Impuesto al Patrimonio año Gravable 2007 +
Declaración y Pago Bimestral del Impuesto sobre las Ventas - Plazos para Presentación y Pago Régimen Común +
Declaración y Pago Mensual de Retención en la Fuente (Por Impuesto de Renta y Complementarios y/o Timbre y/o IVA
Retenido) +
Plazo para Entregar Información Tributaria en Medios Magnéticos Año Gravable 2006 Prevista en el Artículo 631 Del Estatuto Tributario +
Impuestos Distritales y Otros Aspectos Año 2007+
 

CALENDARIO TRIBUTARIO 2007

DECLARACIÓN BIMESTRAL DE IMPUESTOS DE INDUSTRIA, COMERCIO, AVISOS Y TABLEROS, RETENCIONES, PARA BOGOTÁ D.C., PLAZOS PARA PRESENTACIÓN Y PAGO 

 

1. ICA RÉGIMEN COMÚN  
Bimestre
Plazos
Ene -Feb/2007
Mar 16/2007
Mar - Abr/2007
May 18/2007
May - Jun/2007
Jul 17/2007
Jul - Agos/2007
Sep 17/2007
Sept -Oct/2007
Nov 16/2007
Nov - Dic/2007
Ene 17/2008

 

2. RÉGIMEN SIMPLIFICADO
Año
Plazo
2006
Feb 16/2007
 
Contribuyentes y/o agentes retenedores definidos por la ley como instituciones Financieras, E.T.B. y Sociedad Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P, Orbitel S.A. E.S.P., Ecopetrol, SAM, Avianca, Aires y Aerorepublica, el plazo es el último día hábil del mes siguiente al correspondiente período gravable.

 

3. OTROS PLAZOS PARA BOGOTÁ
IMPUESTO
Con Descuento 10% Sin Descuento
PREDIAL Casas y apartamentos en los estratos 3 al 6, lotes, predios comerciales e industriales.
May 17/2007
Jul 06/2007
Sistema simplificado de pago. (Predios residenciales en los estratos 1 y 2)
May 25/2007
Jul 06/2007
VEHÍCULOS Sólo para vehículos matriculados en Bogotá.
Abr 18/2007
Jun 19/2007
 
4. SOBRETASA AL CONSUMO DE GASOLINA


Los responsables mayoristas están obligados a declarar y pagar dentro de los primeros 18 días calendario del mes siguiente al de la causación. Los distribuidores minoristas cancelarán al responsable mayorista dentro de los 7 primeros días calendario del mes siguiente al de la causación.

 

Impuesto al consumo de Cigarrillos y Tabaco Elaborado en el Distrito Capital

Productos Nacionales: Quincenalmente, en la Dirección Distrital de Tesorería, dentro de los cinco (5) primeros días calendario siguientes al per íodo de la base gravable.

Productos extranjeros: El pago se efectuará en el momento de la importación, a órdenes del Fondo-Cuenta de Impuestos al consumo de productos extranjeros. Adicionalmente se debe presentar una declaración ante la Secretaría de Hacienda en el momento de la introducción de los productos al Distrito Nacional.

 

Impuesto al consumo de Cerveza, Sifones y Refajos

Productos Nacionales: Se debe presentar y pagar, ante la Dirección Distrital de Tesorería, una declaración mensual de impuesto, dentro de los quince (15) días calendario siguientes al vencimiento de cada período gravable.

Productos extranjeros: Se debe declarar y pagar en el momento de la importación, a ordenes del Fondo Cuenta del Impuesto al consumo de productos extranjeros. También, se debe presentar una declaración ante la Secretaría de Hacienda en el momento de la introducción de los productos al Distrito Capital.

 

Otros Aspectos Año 2007

Retención en la Fuente
CONCEPTO
TARIFA
DESDE
Ingresos laborales gravables
$
1.993.000
Honorarios y comisiones
11,0%
$
0
Honorarios y comisiones de no declarantes
10,0%
$
0
Transporte de carga
1,0%
$
84.000
Transporte de pasajeros
3,5%
$
566.000
Temporales de empleo
1,0%
$
84.000
Aseo y/o vigilancia
2,0%
$
84.000
Restaurante, hotel y hospedaje
3,5%
$
84.000
Servicios en general de no declarantes
6,0%
$
84.000
Servicios en general
4,0%
$
84.000
Arrendamiento bienes raíces
3,5%
$
566.000
Arrendamiento bienes muebles
4,0%
$
0
Compra, venta de vehículos y bienes ra íces
1,0%
$
566.000
Compra combustible
0,1%
$
0
Otras compras
3,5%
$
566.000

 

Retención en la Fuente sobre Impuesto a las Ventas
CONCEPTO
TARIFA
DESDE
Servicios
50.0%
$
84.000
Compra de bienes gravados
50.0%
$
566.000
No domiciliados ni residentes
100.0%
$
0

 

PAAG Acumulado Anual
1992
25.17%
1997
17.38%
2002
7.03%
1993
23.03%
1998
15.69%
2003
6.12%
1994
21.66%
1999
9.63%
2004
5.92%
1995
20.28%
2000
8.77%
2005
5.16%
1996
22.09%
2001
7.76%
2006
4,57%

 

Tasa Representativa al 31 de Diciembre
1992
$ 737.98
1997
$ 1,293.58
2002
$ 2,864.79
1993
$ 804.33
1998
$ 1,542.11
2003
$ 2,778.21
1994
$ 831.27
1999
$ 1,873.77
2004
$ 2,389.75
1995
$ 987.65
2000
$ 2,229.18
2005
$ 2,284.22
1996
$ 1,005.33
2001
$ 2,291.18
2006
$ 2.238.79

 

Otros Aspectos
Impuesto de Timbre Nacional 1.5%
$
125.844.000
Sanción Mínima
$
210.000
Deducción Mensual (Máx.) por Intereses de préstamos de vivienda o contrato de leasing habitacional.
$
2.097.000

Depreciación activos 100% mismo año de adquisición cuyo costo sea igual o inferior a:
$
1.049.000

Salario Mínimo Legal
$
433.700
Subsidio de Transporte
$
50.800

 

“Este calendario es una herramienta gerencial. Para su debida aplicación, por favor remítase a la normatividad legal vigente ”.

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