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OBLIGACIONES LEGALES COMERCIALES + 
OBLIGACIONES CAMBIARIAS +
 

CALENDARIO LEGAL 2007

ALGUNAS OBLIGACIONES LEGALES A CARGO DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES 2007 

 

OBLIGACIONES LEGALES COMERCIALES
TÉRMINO
Convocatoria para la reunión ordinaria y demás reuniones del Máximo Órgano Social en las que se aprueben balances de fin de ejercicio. Debe efectuarse de conformidad con lo establecido en los estatutos sociales, el término no debe ser inferior a 15 días hábiles.
Presentación de estados financieros e informe de gestión por parte de los administradores.

 

Terminado cada ejercicio contable, los administradores deben presentar al máximo órgano social, además de lo anterior, un proyecto de distribución de utilidades repartibles, los dictámenes sobre los estados financieros y los demás informes emitidos por el revisor fiscal o por contador público independiente.
Al final de cada ejercicio, dentro del mes siguiente a la fecha en la cual se retiren de su cargo y cuando se las exija el órgano que sea competente para ello.


En la oportunidad prevista en la Ley o en los estatutos.
Reunión ordinaria del M áximo Órgano Social. Debe efectuarse de conformidad con lo establecido en los estatutos sociales, y a falta de estipulación dentro de los 3 primeros meses del año. En caso de no ser convocada la reunión, el Máximo Órgano se puede reunir por derecho propio el primer día hábil del mes de abril a las 10 A.M., en el domicilio principal donde funcione la administración.
Las sociedades y comerciantes en general, deben renovar su matrícula mercantil ante la Cámara de Comercio. Dentro de los 3 primeros meses de cada año.
Depósito de los estados financieros junto con sus notas y dictamen ante la Cámara de Comercio. Dentro del mes siguiente a la fecha de aprobación por parte del Máximo Órgano Social.
Renovación de la inscripción en el Registro Único de Proponentes. Tres primeros meses de cada año.
Las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales vigiladas y/o controladas por la Superintendencia de Sociedades, aún cuando estén en concordato o en acuerdo de reestructuración, y las sociedades comerciales en general que reciban la Circular 100-000004 del 26 de diciembre de 2006, deberán remitir los estados financieros a 31 de diciembre de 2006. En las fechas señaladas a continuación, para lo cual la Superintendencia de Sociedades ha tenido en cuenta los dos últimos dígitos del NIT de la sociedad, sin incluir el de verificación (DV):

 

ÚLTIMOS DOS DÍGITOS DEL NIT
ENVIO DE INFORMACIÓN
01-05
Lunes 5 de Marzo
06-10
Martes 6 de Marzo
11-15
Miércoles 7 de Marzo
16-20
Jueves 8 de Marzo
21-25
Viernes 9 de Marzo
26-30
Lunes 12 de Marzo
31-35
Martes 13 de Marzo
36-40
Miércoles 14 de Marzo
41-45
Jueves 15 de Marzo
46-50
Viernes 16 de Marzo
51-55
Martes 20 de Marzo
56-60
Miércoles 21 de Marzo
61-65
Jueves 22 de Marzo
66-70
Viernes 23 de Marzo
71-76
Lunes 26 de Marzo
77-82
Martes 27 de Marzo
83-89
Miércoles 28 de Marzo
90-95
Jueves 29 de Marzo
96-00
Viernes 30 de Marzo

 

Las sociedades sujetas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades deben cancelar la contribución para su funcionamiento. El plazo y el monto para el año 2007 serán fijados por la Superintendencia de Sociedades.
Todos los entes económicos que estén pagando pensiones de jubilación plenas o compartidas, o que por ley o convención colectiva estén obligados a pagar pensiones plenas o compartidas, o a emitir bonos y/o títulos pensionales, deben presentar ante la Superintendencia de Sociedades el cálculo actuarial por pensiones de jubilación para su aprobación. El plazo vence el 30 de marzo.
Los grupos empresariales registrados como tal en el registro mercantil de la Cámara de Comercio deben remitir los estados financieros consolidados en medios magnéticos a la DIAN, con sus respectivos anexos. El plazo vence el 30 de junio

 

“Este calendario es una herramienta gerencial. Para su debida aplicación, por favor remítase a la normatividad legal vigente”.

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